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Acoso escolar: Cómo puede intervenir la institución docente

Llevamos ya algunos artículos conformando el acoso escolar o Bullying; Continuando con la misma temática, en este nuevo artículos hablaremos sobre la prevención que se puede realizar desde el orden de las instituciones docentes.

Para ello, nos basaremos en la resolución de 26 de septiembre de 2007 (BOJA de 14/11/2007) de la Dirección General de Participación y Solidaridad en la Educación de la Junta de Andalucía.

Acoso Escolar: Protocolo

Pues bien, la resolución de 26 de septiembre de 2007 (BOJA de 14/11/2007) de la Dirección General de Participación y Solidaridad en la Educación de la Junta de Andalucía por la que se acuerda dar publicidad a los protocolos de actuación que deben seguir los centros educativos ante determinadas situaciones.

En dicho protocolo, se indican las actuaciones que siguen a continuación, en el supuesto o indicios de acoso escolar en centros educativos:

Paso 1. Identificación, comunicación y denuncia de la situación.

Cualquier miembro de la comunidad educativa (alumnado, profesorado, familias, personal no docente) que tenga conocimiento o sospechas de una situación de acoso sobre algún alumno o alumna tiene la obligación de ponerlo en conocimiento de un profesor o profesora, del tutor o tutora, de la persona responsable de la orientación en el centro o del Equipo Directivo

Paso 2. Actuaciones inmediatas.

Tras la comunicación indicando que algún alumno o alumna se encuentra en una posible situación que pueda reflejar alguna sospecha o evidencia de acoso escolar, se reunirá el Equipo Directivo, tutor o tutora y responsable de la orientación en el centro, para analizar y valorar la intervención necesaria.

Paso 3. Medidas de urgencia.

En caso de estimarse necesario, tendrán que adoptarse las medidas de urgencia que se requieran para proteger a la persona agredida y/o evitar las agresiones.

Paso 4. Traslado a la familia.

El tutor o la tutora o el orientador u orientadora, previo conocimiento del Equipo Directivo, con la debida cautela y mediante entrevista, pondrá el caso en conocimiento de las familias del alumnado implicado.

Paso 5. Traslado al resto de profesionales que atienden al alumno o alumna acosado.

El director o directora informará de la situación al equipo de profesores y profesoras del alumnado y otro profesorado relacionado.

Paso 6. Recogida de información de distintas fuentes.

Una vez adoptadas las oportunas medidas de urgencia, el Equipo Directivo recabará la información necesaria relativa al hecho de las diversas fuentes.

Paso 7. Aplicación de medidas disciplinarias.

Una vez recogida y contrastada toda la información, se procederá por parte del director o directora del centro a la adopción de medidas disciplinarias al alumno o alumna agresor en función de lo establecido en el Plan de Convivencia del centro.

Paso 8. Comunicación a la Comisión de Convivencia.

El director o directora del centro trasladará el informe realizado tras la recogida de información así como, en su caso, las medidas disciplinarias aplicadas, a la Comisión de Convivencia del centro, para su conocimiento.

Paso 9. Comunicación a la Inspección Educativa.

El Equipo Directivo remitirá asimismo el informe al Servicio de Inspección de la Delegación Provincial correspondiente.

Paso 10. Elaboración de un Plan de Actuación por parte de la Dirección.

El Equipo Directivo elaborará un Plan de Actuación para cada caso concreto de acoso escolar, con el asesoramiento, si se considera necesario, de los miembros del Gabinete Provincial de Asesoramiento sobre la Convivencia Escolar y de la Inspección Educativa.

Paso 11. Comunicación a las familias.

Hay que informar a las familias del alumnado implicado de las medidas de carácter individual adoptadas con los alumnos o alumnas afectados, así como las medidas de carácter organizativo y preventivo propuestas para el grupo/s, nivel y/o centro educativo.

Algunas sugerencias para un plan de intervención.

Sugerimos algunos puntos a tomar en cuenta.

Intervenciones con:

  • La persona acosada: actuaciones de apoyo y protección expresa e indirecta, programas y estrategias de atención y apoyo social, personalización de la enseñanza, derivación y seguimiento en Servicios Sociales de la Consejería competente en materia de protección de menores, si es que este elemento procede, etc.
  • El alumno agresor: aplicación de las correcciones estipuladas en el Plan de Convivencia, programas y estrategias específicas de modificación de conducta y ayuda personal, derivación y seguimiento en Servicios Sociales de la Consejería competente en materia de protección de menores, si procede, etc.
  • Los compañeros que observan y se mantienen el lugar como espectadores: campañas de sensibilización, programas de habilidades de comunicación y empatía, programas de apoyo y/o mediación entre compañeros, etc.
  • Las familias: orientaciones sobre cómo ayudar a sus hijos o hijas, tanto ya sean víctimas o agresores, coordinación para una mayor comunicación sobre el proceso socioeducativo de sus hijos o hijas, información sobre posibles apoyos externos y seguimiento de los mismos, etc.
  • Las Orientaciones sobre cómo manejar las clases durante el proceso y cómo hacer el seguimiento, orientaciones sobre indicadores de detección e intervención, programas de mediación, etc.
  • Todos los alumnos a través de la mediación escolar, siguiendo los protocolos de intervención en los mismos que están detallados en los cursos que impartimos sobre la materia.

Siempre podremos encontrar alguna otra vía que o bien ya está escrita o algún implicado ha explorado ya y le ha funcionado bien para intervenir en la materia.

Y tú, ¿utilizas habitualmente algún tipo de intervención diferente a las tratadas en este artículo?. Si es así, no olvides dejarnos un comentario.

Cursos y Masters relacionados con esta temática:

Curso de Mediación Escolar

Curso de Mediación. Gestión de Conflictos Familiares y Escolares

Especialista en Mediación Familiar

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